¿Qué caracteriza un período hipotético como real, como posible, y como irreal? (a) En el período real, o lógico, no se dice nada sobre la posibilidad de la condición: si la condición se cumple, la consecuencia sigue necesariamente. P. ej. si hoc credis, erras (si crees esto, te equivocas), y si hoc credes, errabis (si crees esto -en el futuro-, te equivocarás). Indicativo en las dos. (b) En el período hipotético posible, o ideal, se considera posible la condición, y posible, por tanto, la consecuencia. P. ej. si hoc credas, erres (si creyeras esto, te equivocarías). Presente de subjuntivo en las dos. (c) En el periodo irreal, la condición se considera improbable o imposible y la consecuencia también. P. ej. si hoc crederes, errares (si creyeras esto -pero no lo crees-, te equivocarías), imperfecto de subjuntivo en las dos. Y si hoc credidisses, erravisses (si hubieses creído esto -pero no lo creíste-, te habrías equivocado), pluscuamperfecto de subjuntivo en las dos.
Así, ¿cuáles son los modos de la oración condicional? Indicativo en el período hipotético real; presente de subjuntivo en el período posible; imperfecto o pluscuamperfecto de subjuntivo en el período irreal.
Ejemplos. 1. Plura scriberem, si possem. 2. Si peccavit, puniatur. 3. Naturam si sequemur, numquam aberrabimus. 4. Si amici mei adessent, opis non indigerem. 5. Si fecereis, magnam habebo gratiam; si non feceris, ignoscam. 6. Mentiar, si negem. 7. Dolorem si non potuero frangere, tamen occultabo. 8. Hoc si assecutus sum, gaudeo; si minus, me consolor.
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